Formulario I-589

Solicitud de asilo y suspensión de deportación

Preparamos tu paquete I-589 con la rigurosidad que tu caso merece — formularios, suplementos, declaración personal y organización de evidencias.

¿Qué es?

El Formulario I-589, en pocas palabras

El I-589 es la solicitud oficial de asilo en Estados Unidos. Se presenta ante USCIS (asilo afirmativo) o ante un juez de inmigración (asilo defensivo) cuando una persona ha sufrido o teme persecución en su país de origen por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social. Si se aprueba, abre la puerta a la residencia permanente y, eventualmente, a la ciudadanía.

Antes de empezar

¿Te aplica este trámite?

¿Quién puede aplicar?

  • Personas que están físicamente en Estados Unidos
  • Quienes han sufrido persecución en su país de origen
  • Quienes tienen miedo fundado de persecución al regresar
  • Por motivos de raza, religión, nacionalidad u opinión política
  • Por pertenencia a un grupo social particular
  • Tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años también pueden incluirse

¿Cuándo se aplica?

  • Plazo crítico: dentro del primer año de tu llegada a EE.UU.
  • Si pasó más de un año, se necesita una excepción bien documentada
  • Si estás en proceso de deportación: como defensa ante el juez
  • Cuando tienes evidencia de persecución actual o pasada
  • Antes de iniciar otros trámites migratorios (en muchos casos)
  • Cuanto antes se prepare, mejor: el tiempo es factor crítico
Documentos requeridos

Lo que vamos a necesitar de ti

No te preocupes si te falta algún documento — te orientamos sobre cómo obtenerlo o sustituirlo.

Pasaporte vigente De cada miembro de la familia incluido en la solicitud
Documento de identidad oficial Cédula, ID nacional, partida de nacimiento
Acta de matrimonio Si vas a incluir a tu cónyuge en la solicitud
Actas de nacimiento de los hijos Para incluir hijos solteros menores de 21
Evidencia de persecución Denuncias, fotos, informes médicos, amenazas
Testimonio personal escrito Cronología clara de lo sucedido (te ayudamos)
Reportes del país de origen Noticias, artículos, reportes de derechos humanos
Evidencia de fecha de entrada a EE.UU. I-94, sello de pasaporte, boleto de avión
Cartas de testigos o familiares Que respalden tu testimonio
Documentos de afiliación Si te perseguirían por opinión política, religión o grupo
Lo que preparamos

Tu paquete I-589 completo

  • Formulario I-589 completo y revisado
  • Suplemento A (para cada miembro adicional de la familia)
  • Suplemento B (información adicional, si aplica)
  • Declaración personal estructurada y traducida
  • Índice y organización profesional de tus evidencias
  • Traducciones certificadas de documentos en otros idiomas
  • Carta de presentación del paquete
  • Copia exacta del paquete para tu archivo personal
  • Sobre prepagado y autodirigido para que USCIS o la corte te devuelvan el comprobante sellado
  • Instrucciones claras paso a paso para presentar tu paquete
Lo que NO incluye

Para que tengas total claridad

  • Asesoría legal sobre la estrategia de tu caso
  • Representación ante un juez de inmigración
  • Decidir si tu caso califica como asilo
  • Argumentar tu caso ante USCIS o EOIR

Si tu caso requiere asesoría o representación legal, con gusto te orientamos para encontrar un abogado de inmigración licenciado.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre el I-589

Si tu duda no está aquí, escríbenos por WhatsApp y te respondemos personalmente.

¿Cuánto tiempo toma la preparación del paquete?
La preparación varía según la complejidad del caso, pero en general entre 2 y 4 semanas desde que recibimos toda tu documentación. Trabajamos contigo paso a paso para que el proceso sea claro.
¿Qué pasa si llegué hace más de un año a Estados Unidos?
La regla general es presentar el I-589 dentro del primer año de llegada, pero existen excepciones documentables (cambios en tu país, circunstancias extraordinarias). Si estás fuera de ese plazo, te explicamos qué opciones tienes y qué tipo de evidencia necesitarás para sustentar la excepción.
¿Puedo trabajar mientras espero la decisión?
Sí. Después de 150 días de presentado tu I-589 puedes solicitar tu permiso de trabajo (EAD, Formulario I-765 categoría C08). También preparamos ese trámite cuando llegue el momento.
¿Y si me dicen que no?
Si USCIS no aprueba el caso afirmativo, tu solicitud puede pasar a corte de inmigración para asilo defensivo. Si estás en corte y el juez niega, existen apelaciones (BIA y cortes federales). En esos casos te orientamos para encontrar un abogado licenciado: el rol de representación legal queda fuera de nuestro alcance.
¿Mi familia también recibirá asilo si me lo aprueban?
Tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden incluirse en tu solicitud (asilo derivado). Si están en EE.UU. contigo, los incluímos en el mismo paquete. Si están fuera, se solicita el Formulario I-730 una vez aprobado tu caso.
¿Cuánto cuesta el servicio?
Nuestro honorario por preparar tu paquete I-589 depende de la complejidad de tu caso y de cuántas personas incluyas. Te damos un presupuesto claro después de revisar tu situación, sin compromiso. Como dato adicional: USCIS actualmente no cobra tarifa de presentación por el I-589 — lo que ahorras se queda en tu bolsillo.
¿Hablamos?

¿Hablamos sobre tu caso?

Te escuchamos primero, sin compromiso. Cuéntanos tu situación y vemos juntos cómo avanzar.